ARTICULO 29. DEL PRESIDENTE

  • 29.1 Convocar, presidir y dirigir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta y la Asamblea.

  • 29.2 Llevar la representación jurídica y extrajudicial de la Asociación

  • 29.3 Responsabilizarse del cumplimiento de las funciones y atribuciones de la junta.

  • 29.4 Vigilar el manejo de los dineros y bienes del acueducto ordenar gastos hasta por el monto autorizado por la junta.

  • 29.5 Convocar a la Asamblea general de Usuarios.

  • 29.6 Firmar junto con el secretario, las actas de las reuniones de la Junta, en las cuales deberá hacerse constar explícitamente los acuerdos que se aprueben.

  • 29.7 Aprobar los informes y balances mensuales de tesorería

  • 29.8 Velar porque se cumplan los estatutos y los acuerdos aprobados por la Junta.

  • 29.9 Estudiar las solicitudes de las nuevas conexiones y presentarlas a consideración de la Junta, para su aprobación o desaprobación.

  • 29.10 Notificar oportunamente a los suscriptores cualquier cambio o alteración en los servicios, cuando las circunstancias lo requieran.

  • 29.11 Resolver en segunda instancia los reclamos y quejas que hagan los suscriptores.

  • 29.12 Mantenerse informado sobre el estado de la cuenta de cada uno de los suscriptores y el movimiento de los fondos de tesorería, a
    fin de vigilar el buen recaudo y manejo de estos.

  • 29.13 Al finalizar el periodo reglamentario de los miembros de la Junta, convocar a la asamblea de suscriptores para:

  • Presentar los informes de las labores desarrolladas por la Junta, del estado financiero y técnico del sistema.

  • Proceder a convocar a la elección de nueva Junta y de Fiscal.

  • 29.14 Autorizar con su firma la correspondencia y demás asuntos de su competencia.

  • 29.15 Las demás que le asignen la Junta y la Asamblea General.

ARTICULO 30. DEL VICEPRESIDENTE

  • 30.1 Asistir al presidente en el ejercicio de su cargo, en los casos de ausencia temporal o definitiva, mientras se pronuncia la Asamblea
    General

  • 30.2 Determinar los programas de operación y mantenimiento de la infraestructura

  • 30.3 Las demás funciones que le asigne la Junta.

ARTICULO 31. DEL SECRETARIO

  • 31.1 Redactar las actas de reunión de la Junta y colaborar en las de la Asamblea

  • 31.2 Colaborar con las diferentes actividades asignadas por la Junta.

  • 31.3 Mantener al día el libro de actas

  • 31.4 Tramitar la correspondencia

  • 31.5 Firmar con el vicepresidente las actas de las reuniones
    31.6 Organizar, conservar y mantener al día el archivo de la Junta.
    31.7 Otras que le señale la Junta.

ARTICULO 32. DEL TESORERO

  • 32.1 Velar por el pago oportuno de las obligaciones salariales del personal

  • 32.2 Hacer las compras de los materiales que se requieran, garantizar su adecuado almacenamiento, utilización y seguridad.

  • 32.3 Responder por los equipos y demás componentes de la infraestructura.

  • 32.4 Manejar y mantener actualizado el registro de usuarios y su clasificación

  • 32.5 Proponer la estructura de tarifas o gestionar la asistencia y asesoría necesarias.

  • 32.6 Facturar y cobrar a todos los usuarios el valor del servicio prestado.

  • 32.7 Determinar los usuarios morosos y aplicar las sanciones respectivas

  • 32.8 Atender las peticiones, quejas y recursos de los usuarios

  • 32.9 Elaborar, ejecutar y controlar el presupuesto de ingresos y egresos

  • 32.10 Efectuar la contabilización de los ingresos y egresos.

  • 32.11 Velar por la prestación correcta del servicio en términos de calidad y continuidad.

  • 32.12 Presentar los reportes e informes a las entidades de regulación, control y vigilancia y a sus superiores.

  • 32.13 Expedir los recibos de pago que por cualquier concepto ingresen a favor de la entidad (cuota familiar, multas, etc.) en los
    formularios oficiales diseñados para tal efecto.

  • 32.14 Consignar oportunamente los recaudos en la cuenta bancaria abierta para tal efecto.

  • 32.15 Informar a cada suscriptor del valor de la cuota a pagar mensualmente, las fechas y el lugar donde deben cancelarse.

  • 32.16 Coordinar con las autoridades competentes la aplicación en su jurisdicción de las normas legales sobre control y protección de las
    fuentes, la calidad del agua de consumo.

  • 32.17 Las demás que sean asignadas por la Junta Directiva.

  • 32.18 Llevar un inventario sobre los bienes inmuebles que tenga la Asociación, el cual se realiza anualmente.

ARTICULO 33. DEL VOCAL:

  • 33.1 Llevar la vocería de los usuarios ante la junta.

  • 33.2 Comunicar a la comunidad sobre los diferentes acuerdos y decisiones de la Junta.

  • 33.3 Colaborar con los demás miembros de la junta en las actividades de la Administración, operación y mantenimiento de los sistemas.

  • 33.4 Otras que señale la Junta.

ARTICULO 34. DEL FONTANERO:

  • 34.1 Realizar la operación y el mantenimiento de las instalaciones, redes y estructuras del acueducto.

  • 34.2 Realizar conexiones, reparaciones y trabajos de fontanería que se le indiquen.

  • 34.3 Informar al Administrador cualquier irregularidad en el funcionamiento del sistema, al igual que el uso indebido del servicio.

  • 34.4 Ejecutar los cortes de servicio ordenados por la Junta Administradora.

  • 34.5 Instalar las nuevas acometidas y realizar las reparaciones de los daños que se presenten.

  • 34.6 Leer medidores y repartir los recibos de cobro.

  • 34.7 Realizar la limpieza y el mantenimiento de las estructuras de captación, desarenación, almacenamiento y redes de distribución.

  • 34.8 Operar y mantener la planta de tratamiento.

  • 34.9 Responder por las herramientas y materiales que le sean entregados para desarrollar su labor.

  • 34.10 Otras que le asigne la Junta.

CAPÍTULO 4
FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA Y PERSONAL OPERATIVO DEL ACUEDUCTO

Dirección:
Vereda La Rápida, municipio de San Carlos, Antioquia

Línea de contacto: Administración, facturación y reportes de daños:
+57 314 393 3585

Asociación de Usuarios del Acueducto Vereda La Rápida - San Carlos- AUAR

Correo electrónico: acueductolarapida@gmail.com